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Decanatura

Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.

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Decanatura

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El Decanato es la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo Universitario conforme lo dispone la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNAMAD. Es elegido por un periodo de cuatro (4) años y no hay reelección inmediata.

Son funciones de los Decanatos, las siguientes:

  • Presidir el Consejo de Facultad.
  • Dirigir administrativamente la Facultad.
  • Dirigir académicamente la Facultad, a través de los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Posgrado.
  • Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y ante el Consejo Universitario, en los términos que establece la Ley Universitaria y el Estatuto.
  • Designar al Secretario Académico, a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación, las Unidades de Posgrado, centros de producción y demás unidades.
  • Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.
  • Aprobar y autorizar los planes de viaje por estudios, investigaciones, eventos académicos a estudiantes y docentes de la UNAMAD.
  • Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el Concurso de Admisión, en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional y el presupuesto asignado a la Facultad.
  • Firmar certificados de estudios, constancias y documentos similares; así como los diplomas de grados académicos y títulos profesionales de los egresados de la Facultad y tramitarlos a las instancias superiores para su otorgamiento.
  • Gestionar las prácticas pre-profesionales de acuerdo al reglamento correspondiente.
  • Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el Concurso de Admisión, en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional y el presupuesto asignado a la Facultad.
  • Autorizar los permisos solicitados por los docentes y personal administrativo de la facultad hasta por un máximo de cinco (05) días por semestre.
  • Proponer al Consejo de Facultad la constitución de comisiones permanentes y otras que se establezcan en los reglamentos respectivos.
  • Presentar el Currículo de Estudios, ante el Consejo de Facultad a propuesta de las Escuelas Profesionales.
  • Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes y estudiantes que incurran en omisión de funciones, faltas entre otros, conforme lo señalan los respectivos reglamentos, en concordancia con el Estatuto de la Universidad.
  • Emitir Resoluciones de Decanatura.
  • Hacer cumplir los acuerdos de Consejo de Facultad.
  • Autorizar las prácticas y salidas de campo que se encuentre dentro del sílabo de asignatura a propuesta del Director de Escuela.
  • Las demás atribuciones que le asignen la Ley, el Estatuto y los Reglamentos.