Máxima autoridad de gobierno de la Facultad
El Decanato es la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo Universitario conforme lo dispone la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNAMAD.
Es elegido por un periodo de cuatro (4) años y no hay reelección inmediata.
Como máxima autoridad facultativa, el Decano tiene la responsabilidad de dirigir tanto administrativa como académicamente la Facultad, asegurando el cumplimiento de los objetivos institucionales y el desarrollo de la educación superior en su ámbito de competencia.
Dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad, órgano de gobierno de la unidad académica.
Gestionar y supervisar todos los aspectos administrativos de la Facultad, garantizando su eficiente funcionamiento.
Dirigir académicamente la Facultad, a través de los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Posgrado.
Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y ante el Consejo Universitario, en los términos que establece la Ley Universitaria y el Estatuto.
Designar al Secretario Académico, a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación, las Unidades de Posgrado, centros de producción y demás unidades.
Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.
Aprobar y autorizar los planes de viaje por estudios, investigaciones, eventos académicos a estudiantes y docentes de la UNAMAD.
Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el Concurso de Admisión, en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional y el presupuesto asignado a la Facultad.
Firmar certificados de estudios, constancias y documentos similares; así como los diplomas de grados académicos y títulos profesionales de los egresados de la Facultad y tramitarlos a las instancias superiores para su otorgamiento.
Gestionar las prácticas pre-profesionales de acuerdo al reglamento correspondiente.
Autorizar los permisos solicitados por los docentes y personal administrativo de la facultad hasta por un máximo de cinco (05) días por semestre.
Proponer al Consejo de Facultad la constitución de comisiones permanentes y otras que se establezcan en los reglamentos respectivos.
Presentar el Currículo de Estudios, ante el Consejo de Facultad a propuesta de las Escuelas Profesionales.
Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes y estudiantes que incurran en omisión de funciones, faltas entre otros, conforme lo señalan los respectivos reglamentos, en concordancia con el Estatuto de la Universidad.
Emitir Resoluciones de Decanatura para formalizar decisiones y disposiciones administrativas de la Facultad.
Hacer cumplir los acuerdos de Consejo de Facultad, garantizando la implementación de las decisiones tomadas.
Autorizar las prácticas y salidas de campo que se encuentre dentro del sílabo de asignatura a propuesta del Director de Escuela.
Las demás atribuciones que le asignen la Ley, el Estatuto y los Reglamentos.
Dirección de escuelas profesionales, currículos de estudio, programas académicos y formación profesional.
Administración de la facultad, designación de autoridades, permisos y resoluciones decanales.
Representación ante Asamblea y Consejo Universitario, presidencia del Consejo de Facultad.
Admisión, certificados, diplomas, prácticas pre-profesionales y actividades de campo.
Planes de desarrollo, informes de gestión, propuestas de vacantes y planificación estratégica.
Propuestas de sanciones, cumplimiento de acuerdos, comisiones de trabajo y control normativo.
El Decano es elegido democráticamente por la comunidad facultativa
Periodo de mandato
Inmediata